Por Rosio Marcelo, ingeniera agrónoma del Comité de la Industria Agrosostenible (CIAGRO) de la Sociedad Nacional de Industrias
La presencia de residuos de plaguicidas en frutas y verduras genera una preocupación legítima entre los consumidores. En los últimos años, diversos reportes y contenidos difundidos en medios de comunicación y redes sociales han relacionado estos hallazgos con posibles efectos sobre la salud. Esto ha impulsado una conversación necesaria sobre la inocuidad de los alimentos que llegan a nuestras mesas.
Sin embargo, abordar esta preocupación de manera responsable exige distinguir conceptos. Detectar un residuo no implica, por sí solo, un riesgo para la salud. Pero tampoco deben minimizarse los incumplimientos ni las deficiencias en los controles. Cuando se superan los límites establecidos, corresponde evaluar cada caso con base en evidencia científica, identificar las causas y adoptar medidas correctivas.
El 21 de julio de 2026, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, mediante el Expediente N.° 03269-2023-PA/TC, declaró fundada una demanda de amparo y ordenó al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) suspender temporalmente la venta, distribución y uso de productos fitosanitarios que contengan clorpirifos, metomil, glifosato, imidacloprid y clotianidina, destinados a la producción de alimentos vegetales para consumo interno, mientras se realiza una reevaluación técnico-científica.
La sentencia también hace referencia a monitoreos que detectaron residuos por encima de los límites permitidos de otras sustancias, como metamidofos, paratión, triclorfón y carbofurano. Es importante distinguir ambas listas, pues corresponden a situaciones regulatorias diferentes. Confundirlas puede llevar a pensar, erróneamente, que todas las sustancias presentan el mismo perfil de riesgo o que su sola presencia convierte a un alimento en «veneno».
Tampoco las cinco sustancias comprendidas en la suspensión han sido cuestionadas por las mismas razones. El clorpirifos, por ejemplo, ha sido objeto de cuestionamientos por sus posibles efectos sobre la salud humana. El imidacloprid y la clotianidina, en cambio, han sido restringidos en la Unión Europea principalmente por sus efectos sobre las abejas y otros polinizadores. Por tanto, sus perfiles toxicológicos y los fundamentos de las decisiones regulatorias no son idénticos.
El glifosato ilustra la importancia de diferenciar peligro y riesgo. En 2015, la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) lo clasificó como «probablemente carcinogénico». Esta clasificación identifica un peligro potencial, pero no determina por sí sola el riesgo asociado a una exposición específica. Por su parte, el comité conjunto de expertos de la FAO y la OMS concluyó que era poco probable que el glifosato representara un riesgo carcinogénico por exposición dietaria en las condiciones evaluadas. La Unión Europea, además, renovó su aprobación hasta 2033, bajo determinadas condiciones y restricciones.
Estas evaluaciones responden a preguntas diferentes: una examina el potencial de una sustancia para causar daño; la otra, la probabilidad de que ese daño ocurra bajo determinadas condiciones de exposición.
Otro concepto fundamental es el límite máximo de residuos (LMR). Superarlo constituye un incumplimiento que debe investigarse, pero no demuestra automáticamente que el alimento represente un riesgo para la salud. Para determinarlo, es necesario considerar la sustancia detectada, su concentración y la exposición de los consumidores, incluido el consumo habitual del alimento. Una posible causa del incumplimiento es no respetar el período de carencia, es decir, el tiempo que debe transcurrir entre la última aplicación del plaguicida y la cosecha.
Por ello, además de debatir qué sustancias deben mantenerse o retirarse del mercado, debemos preguntarnos si hacemos lo suficiente para que los agricultores conozcan y respeten las dosis autorizadas, las condiciones de aplicación y los períodos de carencia. Retirar una sustancia puede ser necesario cuando así lo determine la evaluación correspondiente. Sin embargo, si no se corrigen las malas prácticas, los incumplimientos pueden trasladarse a otros productos.
La agricultura de exportación ofrece una referencia útil. Los mercados internacionales establecen exigencias específicas sobre residuos y requieren cumplir las condiciones de uso, los períodos de carencia y los límites aplicables. Esto no significa que los alimentos de exportación estén libres de residuos, sino que existen requisitos y controles destinados a garantizar su inocuidad. Esa misma cultura de cumplimiento debe fortalecerse en el mercado interno: los alimentos destinados a los consumidores peruanos merecen los mismos estándares de seguridad que aquellos destinados al extranjero.
La sentencia del Tribunal Constitucional pone sobre la mesa una preocupación que debe atenderse: las brechas en vigilancia, fiscalización y control. La respuesta requiere no solo revisar las sustancias cuestionadas, sino también fortalecer el monitoreo de residuos, mejorar la trazabilidad, capacitar a los agricultores, promover buenas prácticas agrícolas y facilitar alternativas cuando se retire un producto. Las decisiones regulatorias deben sustentarse en evaluaciones técnico-científicas que consideren los riesgos correspondientes.
También necesitamos comunicar mejor. Calificar las frutas y verduras como «envenenadas» puede generar alarma injustificada; ignorar los posibles riesgos, en cambio, tampoco es una solución. Lo fundamental es analizar cada caso a partir de la sustancia detectada, su concentración y la exposición real de los consumidores.
Entre el alarmismo y la negación existe un espacio mucho más útil: el de la evidencia. La inocuidad alimentaria se construye con ciencia, regulación, fiscalización, capacitación y responsabilidad a lo largo de toda la cadena productiva. El consumidor tiene derecho a alimentos seguros; el agricultor, a disponer de herramientas y alternativas para producirlos; y el Estado, la responsabilidad de garantizar las condiciones para que ambos derechos se hagan efectivos.
Ese debería ser el verdadero debate.

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